GOBIERNO DIGITAL Y DERECHO INFORMÁTICO (Grupo A) - 2026-2

Expediente electrónico

1. Descripción

El expediente corresponde a un proceso único de ejecución de obligación de dar suma de dinero, iniciado por una entidad bancaria (demandante) contra una empresa hotelera y su representante en calidad de fiadora solidaria (ejecutados), ante un juzgado civil de Puno. El origen es un contrato de crédito comercial suscrito en mayo de 2020 bajo el Programa Reactiva Perú, por un monto principal de aproximadamente 134.440 soles, estructurado en 24 cuotas mensuales, con emisión de un pagaré incompleto a favor del banco. Ante el incumplimiento de todas las cuotas desde junio de 2020 hasta mayo de 2022, el banco completó el pagaré con una liquidación que elevó la deuda a S/ 162.963,65 (incluyendo capital, intereses compensatorios, moratorios y penalidades) y demandó su ejecución en abril de 2023, solicitando además el pago de intereses posteriores, costas y costos.

Los ejecutados se apersonaron y formularon contradicción alegando que el pagaré incompleto fue llenado de forma contraria a los acuerdos del contrato (especialmente la cláusula de resolución, que exigía comunicación previa), que el monto era abusivo e incluía cobros indebidos de intereses (anatocismo), y que carecía de liquidez, certeza y exigibilidad. El demandante absolvió el traslado defendiendo la validez del llenado conforme a la cláusula específica del pagaré incompleto, que autorizaba al banco a completarlo en casos de incumplimiento sin necesidad de comunicación previa de resolución. El juez, tras analizar la autonomía del título valor, el cumplimiento de los requisitos formales de la Ley de Títulos Valores y el precedente del VI Pleno Casatorio Civil, declaró infundada la contradicción, procedente la demanda y ordenó el cumplimiento del mandato ejecutivo (pago de la suma liquidada más intereses posteriores, costas y costos), con lo que el proceso culminó favorablemente al demandante.