GOBIERNO DIGITAL Y DERECHO INFORMÁTICO (Grupo A) - 2026-2

Expediente electrónico

1. Descripción

El caso se origina a raíz de un accidente de tránsito ocurrido en el radio urbano de la ciudad de Puno, en la intersección de la Avenida Floral y el Jirón El Sol. El ciudadano Edgar Raúl R**** C***** se desplazaba al volante de un automóvil particular cuando impactó contra el peatón Víctor Alfonso Q***** M*****, quien cruzaba la calzada y falleció poco después en el hospital debido a las lesiones sufridas.

La Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puno formalizó la acción persecutoria tipificando el hecho como presunto delito de Homicidio Culposo (Artículo 111° del Código Penal), imputándole la infracción al deber objetivo de cuidado al conducir. Como pretensión punitiva, el Ministerio Público solicitó la imposición de ocho meses de pena privativa de la libertad e inhabilitación; en paralelo, la cónyuge supérstite, constituida como actora civil, exigió el pago de veinticinco mil soles (S/ 25,000.00) por concepto de reparación civil.

La controversia penal llegó a juicio oral ante el Juzgado Penal Unipersonal de Puno, presidido por la jueza Gladis Huanca Quispe. Durante el plenario, el dosaje etílico del imputado resultó negativo (cero alcohol en sangre) y los informes técnicos de ingeniería vial no lograron acreditar de manera concluyente que el conductor hubiese superado la velocidad reglamentaria o que hubiese creado un riesgo prohibido determinante en el desenlace luctuoso, frente a la maniobra de cruce del propio agraviado.

En consecuencia, mediante la Resolución N° 18 (Sentencia N° 088-2020-JPU), el juzgado determinó la existencia de una duda razonable insuperable y, en aplicación estricta del principio constitucional in dubio pro reo y la presunción de inocencia, resolvió absolver a Edgar Raúl R**** C***** de la acusación fiscal, ordenar el archivo definitivo de la causa una vez quede consentida y disponer la anulación inmediata de todo antecedente policial y judicial generado por el proceso.