Presentación

Art.132º La Unidad de Posgrado de la Facultad tienen las funciones siguientes:

a) Planificar, organizar, dirigir y ejecutar los estudios de maestría y doctorado de la Facultad.

b) Evaluar la marcha académica, de investigación, responsabilidad social y administrativa de la Unidad de Posgrado.

c) Conformar mediante su director, el Consejo de la Escuela de Posgrado.

d) Informar al Consejo de la Facultad y Consejo de la Escuela de Posgrado sobre la situación académica de los estudiantes de la Unidad de Posgrado de la facultad.

e) Verificar el cumplimiento del reglamento general de la EPG y demás normas para su normal funcionamiento.

f) Proponer la contratación de profesores de acuerdo a las normas y necesidades académicas de la maestría y doctorado.

g) Revisar, actualizar la estructura curricular de estudios y proponer a Consejo de la Facultad para su aprobación.

h) Cautelar el adecuado cumplimiento de los instrumentos de gestión académica, financiera, presupuestaria y logística para el buen funcionamiento de la Unidad de Posgrado.

i) Supervisar el movimiento financiero de los recursos directamente recaudados por la Unidad de Posgrado (R.R. 0174-2019-R-UNA).

Publicado: 09/05/2020