Lugar y Fecha: Lima, treinta y uno de julio de dos mil veinticuatro
Asunto:
El caso se refiere a un recurso de casación interpuesto por el Fiscal Superior de Junín contra la sentencia que absolvió a Ronald Alfredo Gamboa Villantoy de la acusación de feminicidio tentado en agravio de Yessenia de la Cruz Ñahuero.
Sumilla:
La Sala Superior cometió errores al no interpretar correctamente las pruebas, ignorando declaraciones relevantes y utilizando inferencias inadecuadas. Las pruebas de la Fiscalía, aunque claras y precisas, no fueron valoradas correctamente, llevando a la absolución del acusado.
Fundamentos Jurídicos Relevantes:
- Motivación de la sentencia: Se argumenta que la sentencia de vista vulneró la garantía de motivación al no interpretar adecuadamente las pruebas presentadas y al hacer inferencias sin sustento en la sana crítica.
- Dolo de matar vs. dolo de lesionar: Para diferenciar entre el dolo de matar (animus necandi) y el dolo de lesionar (animus vulnerandi), no es suficiente considerar únicamente las lesiones físicas. Se deben evaluar también factores como las características del arma, las expresiones del acusado, las circunstancias del hecho y el comportamiento posterior del agresor.
- Evaluación de la prueba: La sentencia inicial y de apelación no valoraron adecuadamente el certificado médico, las pericias psicológicas y las pruebas testimoniales que indicaban un contexto de violencia familiar y agresión deliberada hacia la agraviada.
Aporte de la Casación:
El recurso de casación recalca la importancia de una correcta valoración de las pruebas en casos de violencia de género y destaca la necesidad de que las decisiones judiciales se fundamenten en una interpretación integral de los hechos y de las evidencias. Este caso aporta al desarrollo jurisprudencial en la evaluación de delitos de feminicidio tentado y la aplicación correcta de los principios de la sana crítica.
Conclusión:
Se concluyó que la sentencia de vista no realizó una valoración adecuada de las pruebas y que las inferencias asumidas para evaluar el dolo homicida fueron erróneas. Por lo tanto, se declaró fundado el recurso de casación, se casó la sentencia y se ordenó que se dicte una nueva sentencia por un colegiado diferente, asegurando una evaluación justa y acorde a las pruebas presentadas.
Link:
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