LEY Nº 31521 : LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN DE UNIVERSIDADES PÚBLICAS Y FILIALES QUE HAYAN OBTENIDO EL LICENCIAMIENTO INSTITUCIONAL

LA PRIMERA VICEPRESIDENTA

ENCARGADA DE LA PRESIDENCIA DEL

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN DE UNIVERSIDADES PÚBLICAS Y FILIALES QUE HAYAN OBTENIDO EL LICENCIAMIENTO INSTITUCIONAL

Artículo único. Declaración de interés nacional

Se declara de interés nacional la creación de universidades públicas y filiales descentralizadas en cada departamento del país, según su demanda educativa y laboral.

DISPOSICIÓN

COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Acciones y medidas pertinentes para efectivizar la ejecución de la Ley

En el marco de la declaratoria establecida en el artículo único de la presente y la Ley 31193, Ley que establece la moratoria para la creación y autorización de funcionamiento de nuevas universidades públicas y privadas, el Poder Ejecutivo dispondría, a través del Ministerio de Educación, las acciones y medidas pertinentes para efectivizar su ejecución.

POR TANTO:

Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día nueve de diciembre de dos mil veintiuno, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los diecinueve días del mes de julio de dos mil veintidós.

LADY MERCEDES CAMONES SORIANO

Primera Vicepresidenta encargada de la

Presidencia del Congreso de la República

ENRIQUE WONG PUJADA

Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

Fuente: https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-que-declara-de-interes-nacional-la-creacion-de-universid-ley-n-31521-2088561-2/

Publicado: 21 julio, 2022